
La Asamblea Revisora de la Constitución negó ayer a los ciudadanos dominicanos el derecho de demandar la inconstitucionalidad de las normas o actos jurídicos de conformidad con los procedimientos establecidos por ley.
Los asambleístas alegaron que para hacer uso de esa prerrogativa el ciudadano debe tener un interés jurídico y legítimamente protegido.
Asimismo, rechazaron una propuesta de modificación de un párrafo del artículo 68 del proyecto de reforma constitucional, que fue pactado por Leonel Fernández, Miguel Vargas Maldonado, y que contó con el apoyo de la bancada reformista, que expresa las playas, ríos y zonas de diversidad serán utilizados sin perjuicio de los derechos de propiedad privada.
Eliminaron el numeral 6 del artículo 22, que daba el derecho a los ciudadanos de “demandar la inconstitucionalidad de las normas o actos jurídicos de conformidad con los procedimientos establecidos en esta ley”, solicitud que fue planteada por el vocero del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Alejandro Montás.
Según este artículo, un ciudadano común no podrá incoar recursos de inconstitucionalidad contra leyes, resoluciones y decretos.Con esta decisión, los asambleístas cumplieron una de las disposiciones pactadas por el PLD y el Partido Revolucionario Dominicano (PRD).
La Asamblea rechazó en segunda lectura la modificación planteada por las tres bancadas de los principales partidos políticos que establecía el derecho de la propiedad privada en el uso de playas, ríos, lagos y costas.
Noventa y cinco asambleístas votaron porque no se coarte el derecho a los ciudadanos a acceder a las playas dominicanas.
Otras aprobaciones
La Asamblea aprobó ayer 23 artículos del proyecto de reforma constitucional, entre ellos, los que regulan la ciudadanía, permiten a los ciudadanos decidir sobre los asuntos que se les propongan mediante el referéndum; el que establece la pérdida de los derechos ciudadanos, reglamenta la Asamblea Nacional, así como los textos que regulan el régimen de extranjería, la inmigración calificada, y las relaciones internacionales.
También los artículos 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62 y 63 que consignan los símbolos patrios. En el 63 se establece que el libro del Escudo Nacional lleve en el centro la biblia abierta en el evangelio de San Juan que dice: “Conocereis la verdad y la verdad os hará libres”.
Asimismo, los artículos 64, 210 y 211 que establecen el ordenamiento territorial y deja el nombre de Santo Domingo de Guzmán a la capital. También el artículo 28 que consigna que República Dominicana tendrá representantes ante los parlamentos internacionales.
Los asambleístas alegaron que para hacer uso de esa prerrogativa el ciudadano debe tener un interés jurídico y legítimamente protegido.
Asimismo, rechazaron una propuesta de modificación de un párrafo del artículo 68 del proyecto de reforma constitucional, que fue pactado por Leonel Fernández, Miguel Vargas Maldonado, y que contó con el apoyo de la bancada reformista, que expresa las playas, ríos y zonas de diversidad serán utilizados sin perjuicio de los derechos de propiedad privada.
Eliminaron el numeral 6 del artículo 22, que daba el derecho a los ciudadanos de “demandar la inconstitucionalidad de las normas o actos jurídicos de conformidad con los procedimientos establecidos en esta ley”, solicitud que fue planteada por el vocero del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Alejandro Montás.
Según este artículo, un ciudadano común no podrá incoar recursos de inconstitucionalidad contra leyes, resoluciones y decretos.Con esta decisión, los asambleístas cumplieron una de las disposiciones pactadas por el PLD y el Partido Revolucionario Dominicano (PRD).
La Asamblea rechazó en segunda lectura la modificación planteada por las tres bancadas de los principales partidos políticos que establecía el derecho de la propiedad privada en el uso de playas, ríos, lagos y costas.
Noventa y cinco asambleístas votaron porque no se coarte el derecho a los ciudadanos a acceder a las playas dominicanas.
Otras aprobaciones
La Asamblea aprobó ayer 23 artículos del proyecto de reforma constitucional, entre ellos, los que regulan la ciudadanía, permiten a los ciudadanos decidir sobre los asuntos que se les propongan mediante el referéndum; el que establece la pérdida de los derechos ciudadanos, reglamenta la Asamblea Nacional, así como los textos que regulan el régimen de extranjería, la inmigración calificada, y las relaciones internacionales.
También los artículos 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62 y 63 que consignan los símbolos patrios. En el 63 se establece que el libro del Escudo Nacional lleve en el centro la biblia abierta en el evangelio de San Juan que dice: “Conocereis la verdad y la verdad os hará libres”.
Asimismo, los artículos 64, 210 y 211 que establecen el ordenamiento territorial y deja el nombre de Santo Domingo de Guzmán a la capital. También el artículo 28 que consigna que República Dominicana tendrá representantes ante los parlamentos internacionales.


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